Bonificaciones

Beneficio aplicable a todas las empresas que tengan en nomina personal dedicado al menos un 85% de su tiempo a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. El beneficio consiste en una Bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la seguridad social en personal dedicado a temas de I+D+i.

  • Ámbito Geográfico:  España
  • Tipo:Incentivo no tributario que constituye reducción inmediata en los gastos empresariales.

¿En que etapa debe estar la empresa?

En las bonificaciones de Seguridad Social por contratación no existe un requisito de “etapa” de la empresa (startup, joven, madura). Cualquier empresa puede aplicarlas desde el primer contrato bonificable, siempre que cumpla los requisitos generales y el contrato/ colectivo encaje en alguna de las bonificaciones vigentes.

Requisitos minimos

  • Al corriente con Hacienda y Seguridad Social en el alta y durante la bonificación. Puedes obtener el certificado en Import@ss. Seguros Socialesportal.seg-social.gob.es

  • Plan de Igualdad si tienes ≥50 personas en plantilla (con inscripción en registro público). BOE

  • Mantener el empleo: conservar el nivel de empleo al menos 6 meses cuando el incentivo es por un indefinido. Seguros Sociales

  • No haber realizado despidos improcedentes en los 12 meses previos. Seguros Sociales

  • Cumplir las condiciones específicas de cada bonificación (colectivo y tipo de contrato) previstas en el RDL 1/2023.

Beneficiarios
A empresas que tengan personal que con carácter exclusivo dedicado a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.

Presupuesto
40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la seguridad social del personal dedicado de manera exclusiva a actividades de I+d+i o innovación tecnológica.

¿Qué cubre?

Se aplican contra las aportaciones empresariales por:
contingencias comunes, contingencias profesionales, y los conceptos de recaudación conjunta (desempleo, FOGASA y formación profesional). Límite: nunca más del 100% de esas aportaciones en cada liquidación.

Plazo de presentación y resolución

Para las bonificaciones de Seguridad Social por contratación no hay “plazo de presentación” ni “resolución” como en una subvención. Se aplican automáticamente en la liquidación mensual de cuotas si cumples condiciones y comunicas bien los datos en Sistema RED/SILTRA. Esto lo gestiona la TGSS y lo verifica el SEPE a posteriori.

Aplica a las bonificaciones aquí